¿Tienes un plan de pensiones privado y quieres hacer un rescate? En este artículo te contaré cuáles son los supuestos en los que lo puedes hacer, cómo puedes cobrar el dinero y qué impuestos tendrás que pagar por él.
Cuando te encuentras en la etapa laboral, los planes de pensiones es una de las opciones más comunes de ahorrar dinero de cara a la jubilación y evitar reducir el pago de impuestos, pero aún así hay que tener en cuenta otros muchos aspectos.
Vamos a ver cómo puedes rescatar un plan de pensiones y qué opciones tienes.
Contenido del artículo
¿En qué situaciones se puede solicitar un rescate de un plan de pensiones?
Dada la naturaleza finalista de los planes de pensiones, son productos financieros diseñados para que solo se pueda acceder a este capital en casos de contingencias o supuestos excepcionales de liquidez, es decir, al final de tu vida laboral o por necesidad. Las contingencias que recoge la normativa son:
- Jubilación: la jubilación puede ser ordinaria, anticipada o diferida. Adicionalmente, puedes rescatar tu plan de pensiones de forma anticipada si sufres un ERE o si estás en situación de baja de la Seguridad Social a partir de los 60 años y no puedes acceder a tu pensión de jubilación.
- Incapacidad laboral: para poder acogerse esta contingencia debe tratarse de una incapacidad total y permanente para tu profesión habitual, incapacidad absoluta y permanente para cualquier profesión o gran invalidez.
- Ejecución de la vivienda habitual: se puede acceder al capital del plan de pensiones si vas a sufrir un desahucio.
- Fallecimiento: en caso de fallecimiento son los herederos los que pueden rescatar el plan de pensiones de forma anticipada. Por supuesto, deben tributar por él (en concepto de rentas del trabajo del IRPF), aunque están exentos de pagar Impuesto de Sucesiones. En caso de que así lo decidan, pueden mantener el capital en el plan de pensiones para rescatarlo más adelante.
- Rescate anticipado de aportaciones: desde enero de 2025 se podrán retirar aportaciones de manera anticipada si tienen una antigüedad superior a 10 años.
- Situaciones excepcionales: aunque ahora mismo esta posibilidad no está disponible, durante la pandemia del coronavirus en el año 2020 se permitió el rescate de ciertos planes de pensiones (bajo ciertas condiciones).
- Dependencia severa o gran dependencia.
- Desempleo de larga duración.
- Enfermedad grave.
¿Cómo rescatar un plan de pensiones?
Si ocurre alguno de los supuestos mencionados anteriormente, tendrás derecho a rescatar tu plan de pensiones, ya sea de forma total o parcial.
En caso de que quieras hacer el rescate, debes solicitarlo a la entidad gestora de tu plan de pensiones junto a la documentación correspondiente, que puede variar en función de la contingencia a la que te quieras acoger para rescatar el plan de pensiones.
La documentación general y que se repite en todos los casos es:
- Fotocopia del DNI.
- Formulario de rescate de plan de pensiones cumplimentado.
- Modelo 145 para acreditar tu situación económica.
La propia comercializadora del plan de pensiones te informará sobre las condiciones particulares que tiene el rescate de tu plan de pensiones y los pasos que debes seguir para hacerlo efectivo.
¿Cómo se cobra un plan de pensiones?
Las formas de cobrar un plan de pensiones son:
- En forma de renta: la entidad gestora te entregará el dinero en forma de rentas periódicas. La duración, frecuencia y cuantía de estas rentas depende del tipo de renta que escojas y del acuerdo al que llegues con la comercializadora del plan de pensiones.
- En forma de capital: de esta forma recibes todo el dinero acumulado en el plan de pensiones de una sola vez. Este cobro puede ser inmediato o posponerse a una fecha concreta.
- En forma mixta: es una combinación del cobro en forma de capital y de rentas.
- En disposiciones: como beneficiario puedes decidir qué cuantías cobrar y cada cuánto, sin necesidad de que sea una periodicidad fija.
¿Qué impuestos hay que pagar por un rescate de plan de pensiones?
Como no podía ser de otra forma, cuando quieras rescatar tu plan de pensiones tendrás que pagar impuestos por él. En concreto, el capital en el plan de pensiones tributa en el IRPF como rentas del trabajo (no del ahorro).
Sin embargo, existe una reducción fiscal de la que puedes aprovecharte; los rescates (en forma de capital) de aportaciones realizadas antes del año 2007 cuentan con una reducción fiscal del 40 %, por lo que solo debes tributar por el 60 % restante. Los plazos para poder acogerse a estas reducciones van variando en función de cuándo ocurrió la contingencia por la que quieres rescatar el plan de pensiones, por lo que te recomiendo que hables con la entidad gestora para que te informen de tu situación.
Además, debes tener en cuenta que al recuperar el capital del plan de pensiones no solo pagarás impuestos por los rendimientos generados, sino también por el capital que aportaste. Es decir, si en total has aportado 1.000 €, y los beneficios generados por la inversión han sido de 200 €, pagarás impuestos sobre los 1.200 €.
Esto sin duda juega en contra del atractivo de los planes de pensiones que, aunque pueden ofrecer ciertas reducciones fiscales estas se pueden ver eclipsadas por la carga impositiva de este tipo de instrumento financiero, haciendo de otros como los fondos de inversión, o la inversión en dividendos, alternativas muy interesantes.
Autor/a:
-
Redactor centrado en temas de ahorro e inversión, colaborador y escritor en Roboadvisores.es